Eugenio García. - View my most interesting photos on Flickriver
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12.7.11

Las altas soledades

Muchas de las que considero mis mejores fotos o al menos de las que más gustan o de las cuales me siento más satisfecho, ni me las imaginaba pocos segundos antes de hacerlas. También muchas de las que más me aburren (y no solo en mi propia producción) están hechas con un despliegue importante de “mise en scène” y por tanto de reflexión. Así me reafirmo en la idea de que la fotografía es para mí algo que tiene que ver más con la captura instintiva de momentos fugaces que con complicadas elaboraciones intelectuales, hoy tan de moda. Pero vayan a explicarle eso a un galerista o a uno de esos burócratas de la estética que organizan concursos y exposiciones. Si les dijera algo semejante lo más probable es que rechazarían de plano cualquier propuesta por antojadiza y carente de fundamentos… ¿Y cómo no?, si ellos están absolutamente necesitados del discurso del artista para justificar su puesto y su paga. Así que más de una vez al presentar fotos a gentes así, he debido inventarme “un rollo” discursivo que deja pálido a cualquiera de mis rollos analógicos. Por supuesto que otros siempre llegan con mejores andamios intelectuales y por eso mis fotos de todas maneras son a menudo descartadas. Un ejemplo de todo ello: La foto que encabeza ésta entrada la presenté en mi país al más reciente concurso de Valoarte (subasta artística para propósitos de beneficiencia -lo digo para los amigos extranjeros-) y que es de las que más éxito han tenido entre las que he subido a Flickr (siendo incluso escogida para el llamado “Explorer” o selección de las mejores fotos entre las miles que entran cada día), pues bien, contra mis infladas expectativas me fue devuelta sin siquiera un agradecimiento. Obviamente ésta es una foto sin discurso, es simplemente una que considero buena porque captó un momento fugaz con cierta poesía y refinamiento (además, en medio formato, es decir, ¡sale de un negativo 6x6! y por tanto tiene una resolución impresionante), algo que parece nunca entenderán los modernos jueces conceptuales, quienes, según me explicó un pajarito por ahí, son grandes especialistas de arte muy reconocidos internacionalmente y que los organizadores trajeron al país exclusivamente para la actividad.

Bien por ellos, pero por cosas como ésta es que digo que uno no debe nunca nunca preocuparse de lo que digan o no digan los demás de nuestras creaciones, ni en un sentido ni en otro. Lo importante es que nos satisfagan personalmente. Y de ésta fotografía es claro que estoy muy satisfecho. Por cierto, se llama "Las altas soledades" nombre que tomé prestado de una película de Philippe Garrel y que probablemente nunca devolveré.

30.9.10

Bingo

Mejor que las oportunidades de quién quiere ser millonario… mejor que pegarse el gordo de navidad, mejor que joderse la vida trabajando como loco, mejor que atracar un banco y aún más sano que tener el insidioso poder del Rey Midas… Simplemente vaya a un mercado de pulgas, cómprese por 45 dólares una caja de viejos negativos y rece porque sean, por ejemplo, de un tal… Amsel Adams. Le sucedió a un californiano común y corriente (bueno, quizás nunca rezó porque ni sabía lo que compraba) y hoy esos negativos han sido valorados por ¡200 millones de dólares! ¡Bingo mayúsculo! (la noticia no es completamente nueva pero quería referirla y se me había ido quedando en el tintero)

Pero si no cree tener esa suerte, entonces cómpreme usted al menos una fotito a buen precio… nunca se sabe… quizás dentro de unos años se coticen bien.. :)

10.9.10

Disparar e irse... pero muy lejos (3- Sana rebeldía o pura malacrianza)

Pero está bien, suponiendo que nada de lo anterior funcione ya sea porque soy muy mal abogado o porque los jueces son muy estrictos o bien ciegos, o la legislación muy tajante, aún tengo una as bajo la manga: el declararme “objetor de consciencia por razones religiosas, filosóficas y artísticas” (solo que a la inversa, porque en vez de ser una razón para no ir a la "guerra" más bien me lanza a ella... casi una guerra santa pues). Pero antes de pedir la absolución confesaré todo ante el juez… Admitiré que soy un “serial killer” haciendo fotos callejeras y en todo caso a menudo infrinjo la ley descaradamente al publicarlas en Flicker, lo cual no tiene otro propósito que el de dar a conocer mi obra que es un fin en sí y no, como podría suceder en una publicidad, un medio para comercializar otro producto o servicio. Para algunos retratos posados como es lógico sí pido permiso, aunque claro, es un asunto verbal y en realidad el permiso es para hacer la foto, sin abordar el tema de la publicación y mucho menos el de su posible comercialización como fotografía artística. Para las fotos espontáneas obviamente no pido ninguna autorización. Y no lo hago no solo porque entonces casi no podría hacer ninguna fotografía callejera, siendo entonces imposible documentar una parte importante de la realidad que nos circunda, sino también -y sobre todo- porque en mi fuero más íntimo estoy convencido de que el famoso derecho de imagen se fundamenta en una base conceptual y ontológica errónea: Sostengo contra viento, marea, juiciosas doctrinas de serios jurisconsultos, legislaciones restrictivas y turistas mexicanas fumadoras de habanos, que la imagen no pertenece a las personas sino a quien las ve y que se ha hecho una amalgama excesiva con el asunto del derecho a la intimidad. Mi propia imagen me pertenece solamente en el tanto me esté mirando en un espejo o me haga un autorretrato, de otro modo todo lo que la gente ve en mí no me pertenece en lo más mínimo. Además, la fijación de esa imagen gracias a la invención técnica que constituye la fotografía, no es sino un modo de dar una dimensión material a esa imagen que no le pertenece al sujeto fotografiado, sino al fotógrafo que la captura. Y si nuestra imagen no es nuestra, sino de otros… ¿En qué se fundamenta realmente el “derecho a la imagen”, sino en una excresencia del ego que se molesta porque la luz que se reflejó en su cuerpo fue capturada por alguien más? La doctrina jurídica dice que es en el “derecho a la intimidad”, pero la intimidad de la piel para afuera y en la calle me parece una pura entelequia. Resulta curioso que si usted es un personaje público, entonces ahí no tiene derecho a que su imagen sea protegida del mismo modo que si es "perico de los palotes". ¿Es solo en virtud de su estatus o porque en el fondo la doctrina del derecho a la intimidad no es tan consistente en lo que a la imagen se refiere? Podría dar incluso un paso todavía más allá con respecto al cual sé de previo que pocos me seguirán, si es que estuvieron de acuerdo con lo anterior: Estoy convencido, como budista consecuente que pretendo ser, de que en realidad la imagen no le pertenece a nadie en particular, sino al todo que formamos unos y otros. Si se comprendiera eso desde su raíz, nadie andaría preocupándose por el uso de su imagen, porque por otra parte nadie tendría intereses ilegítimos con respecto a ella y todos celebrarían lo que es invaluable en una fotografía acertada: la belleza de la captura, ese momento de luz irrepetible.

Sea como sea, el incidente con la turista no va a desmotivarme con respecto a la fotografía callejera. Todo lo contrario, seguiré haciéndola pero con mayor cuidado. Sencillamente me servirá de lección para afinar la lección de Cartier-Bresson… sí, disparar e irse cuanto antes… pero hacerlo lo más lejos posible (y en última instancia a otro país, si es que ya en el nuestro no se puede). De hecho después del incidente tiré como otras cinco fotos, siempre de personas en la calle. En cuanto a la foto de la turista… bueno… me faltó cancha. Luego pensé que debí haberle dado mi tarjeta para que viera mi trabajo, y que me mandara luego una dirección dónde enviarle su dichosa foto con el puro, porque si bien no es extraordinaria, creo que le hubiera gustado. Así que finalmente no pienso destruirla. Tras serena reflexión y a pesar de lo que le dije, encuentro que realmente no tengo por qué hacerlo, sobre todo porque ella me impidió hacer otra foto y se podría considerar que estamos a mano. Eso sí, espero publicarla tal vez dentro de unos cuarenta años, suponiendo que tanto la foto como yo lleguemos a edades avanzadas. Además, rezaré para que la turista pueda verla.

Quizás llegue entonces a mirar con nostalgia su juventud marchita y si su memoria aún se mantiene, tal vez se acuerde, viendo la foto, de aquel habano que se fumó en un mercado de artesanías en Costa Rica y de un fotógrafo impertinente que le tomó una foto sin su permiso y que para colmo no cumplió cuando dijo que destruiría el negativo… Estoy seguro de que la visión de esa imagen en blanco y negro realizará el milagro de que la turista perdone al fotógrafo y hasta de que le tenga cierto cariño por un delito que bien mirado desde las cumbres de sabiduría a las que -se supone- lo eleva a uno la edad, es casi un inofensivo juego que no hay que tomarse tan en serio. Ahora bien, ya si se enoja feo y hace un nuevo berrinche porque se publicó la foto, pues la verdad me daría pereza y estaría dispuesto a retirarla y pedirle disculpas de nuevo, porque a esas alturas de la vida ninguna foto o nada que venga a quitarle a uno la tranquilidad vale realmente la pena.

Pero déjenme decirles que el mal karma que eventualmente me pude haber ganado -y me podría aún ganar con todo esto-, considero que ya está saldado de alguna manera, porque unos minutos después de lo que he narrado, un policía de tránsito le quitó las placas a mi carro por haberlo estacionado en raya amarilla (¡un sábado!). Resultado: 200 dólares de multa y 10 puntos menos en el permiso de conducir de este fotógrafo abusivo y chofer irresponsable. Ahora ya sé lo que sentía Tres Patines cuando el tremendo juez de la tremenda corte lo multaba.

7.9.10

Disparar e irse... pero muy lejos (2-Mi alegato)

Cuando hablé con la turista, la verdad es que no me acordaba mucho de lo que había aprendido en las aulas de la facultad de derecho hace ya tantos años y solo recordaba vagamente que, según la legislación de nuestro país, había una excepción al derecho de imagen cuando se tratara de fotos tomadas en espacios públicos. Al regresar a la casa, busqué información en internet y me encontré una reciente tesis sobre el tema que me leí en sus partes más relevantes. Gracias ese estudio hoy tengo el tema más claro. El derecho de imagen en Costa Rica se establece y regula a través de las siguientes fuentes normativas:

A nivel constitucional: No hay protección constitucional directa. Solamente indirecta a través de una interpretación que entiende que el derecho a la intimidad del que habla el artículo 24 de la Constitución, incluye el derecho de imagen.

A nivel supra legal: Costa Rica ha firmado convenciones internacionales que protegen el derecho de imagen.

A nivel legal: Los artículos 47 y 48 del Código Civil consagran el derecho de imagen y sus excepciones.

A nivel jurisprudencial: Hay una serie de fallos de las cortes de justicia que establecen los alcances que tiene el derecho de imagen en nuestro país.

Lo que todas esas fuentes normativas establecen se puede resumir del siguiente modo, tal como fue lo hizo la Sala Constitucional en una sentencia:

1) Existe un derecho fundamental a la imagen derivado del derecho a la intimidad

2) Este derecho consiste en que no se puede captar, reproducir ni exponer la imagen de una persona sin su consentimiento.

3) La regla del consentimiento derechohabiente admite varias excepciones a saber:

a)las fundamentadas en los límites del principio de autonomía de la voluntad enunciadas en el artículo 28 de la Constitución Política -la moral, el orden público, el perjuicio a tercero- que evidentemente no pueden invocarse en abstracto, sino que deben atarse a una situación concreta, dándoles contenido,

b) La notoriedad de la persona o la función pública que desempeñe,

c) Las necesidades de justicia o de policía, y

d) Cuando tal reproducción se relacione con hechos, acontecimientos o ceremonias de interés público o que tengan lugar en público”.

El Código Civil, por su parte, establece con precisión dos excepciones al derecho de imagen que a mí me interesan particularmente:

I) Cuando medien fines científicos, didácticos y culturales, donde prevalece el interés general o el bien colectivo superior.

II) La concurrencia en lugares públicos, siempre que lo que se capte sea el espacio abierto y la imagen de la persona sea incluida por la coincidencia de la concurrencia en ese lugar y ese momento y no por sus características.

También la sala constitucional ha destacado esto: “para que una persona pueda invocar la vulneración a este derecho, debe existir una plena identificación de la persona presuntamente perjudicada, sea por su nombre o por su imagen”.

(aclaro que todos estos datos provienen de la tesis, así que si existiera alguna imprecisión habría que achacársela a la misma)

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Así las cosas, la turista que echaba humo (y no solo el de su habano) pudo efectivamente haberme demandado, pero de haberlo hecho seguramente habría sido algo bastante raro y quizás hasta novedoso, porque en nuestro país nadie suele armar un bochinche por salir en una foto callejera que no tiene ningún fin publicitario, sino uno puramente documental y artístico (es decir, cultural), y mucho menos si está ejecutada por un fotógrafo desconocido. Por otra parte, yo podría alegar que estaba fotografiando el espacio del mercado de artesanías y la turista quedó plasmada en la foto por coincidencia (aunque claro, semejante mentirilla sería solo para propósitos de defensa, exactamente como lo suelen hacer todos los abogados, que son o somos -aunque yo solo me gradué de bachiller en leyes- el gremio más mañoso sobre la faz de la tierra después de los políticos y seguido muy de cerca por el que integran ciertos fotógrafos). Además, para legitimar el estatus cultural del género fotográfico callejero, podría invocar ante el tribunal la importante doctrina técnica que existe (por ejemplo, la elaborada por el fotógrafo Chris Weeks) que conceptualiza la foto callejera como una forma de documentar parte de la condición humana (precisamente la que se manifiesta en los espacios públicos), lo que podría ser interpretado en última instancia como un “fin cultural donde prevalece un bien colectivo superior”. Una legislación que resultaría interesante a ese respecto como referente interpretativo es la alemana, la cual dispone que una foto puede ser publicada, aunque no haya sido encargada, “si sirve un interés artístico elevado”. Y por supuesto que ilustraría mi defensa con un diaporama compuesto por fotos de los grandes maestros(as) del género callejero o “street” como Cartier-Bresson, Ronis, Doisneau, Klein, Arbus, Eisenstaedt entre otros (as), piezas que hoy están en importantes museos alrededor del mundo y valen, sino miles, millones de dólares. Evidentemente ninguno de ellos pidió permiso para fotografiar a muchas de las personas que aparece en sus hoy célebres imágenes. Ahora bien, en éste género lo que se busca es captar a las personas en una situación que siempre es una particular situación geométrica o bien de luz o bien por su relación con otro elemento de la composición. Poco interesa al fotógrafo callejero el retrato en sí… es más, a menudo ni se reconocen los rasgos de una persona. La fotografía callejera es pues un arte de ver y registrar lo que ocurre en sitios públicos y no un arte de retratistas. Un verdadero fotógrafo callejero no se mete en la intimidad de un hogar, no persigue ni agrede con su cámara (como frecuentemente si ocurre con los paparazzi), no daña la vista con un flashazo, no manipula la imagen, no la desnaturaliza, no la vende a la publicidad, y trata de hacer todo de la forma más discreta posible… indolora si se quiere. Y en ciertos casos, si alguien se da cuenta de que ha sido fotografiado (como me ocurrió con la turista), ya ese solo hecho representa un pequeño fracaso para el fotógrafo callejero.

Por último redondearía mi alegato diciendo que como fotógrafo tengo derecho a la libertad de expresión y que el medio que utilizo para expresarme es precisamente la cámara, utilizada como instrumento de naturaleza artística. Esa sería pues una aplicación del límite al principio de autonomía de la voluntad configurado por el “perjuicio a un tercero” tal como lo establece la Constitución. Si yo me expreso a través de la fotografía con una intención artística ¿En qué medida un reclamo de otra persona no me estaría impidiendo esa expresión? ¿Por qué se le permitiría por ejemplo a los caricaturistas -que tantas veces se burlan de la gente- y se la negaría a los fotógrafos que no hacen más que fotografiar lo visible, tal como es, de modo objetivo, sin deformación o manipulación de ningún tipo? ¿Por qué se le negaría sobre todo a un fotógrafo que nunca ha buscado hacer fotos amarillistas, sino solo aquellas que tengan una intención dignificante o al menos neutra hacia las personas? Y para concluir mi alegato diría esto: “Su señoría… tal como está concebido el derecho a la imagen es algo decimonónico, que fue desarrollado en una época en que el mundo era muy diferente y mucho antes de la fundación de un verdadero género artístico como lo es la foto callejera…. Ya hablando en serio su señoría: ¿Qué sentido tiene ese derecho -del modo en que está formulado- en un mundo donde cada teléfono celular integra una cámara fotográfica y la gente está constantemente fotografiado otras personas, con o sin acuerdo y subiendo esas imágenes a las redes sociales? ¿Qué sentido tiene en una época donde hay miles de cámaras de seguridad públicas y privadas vigilando cada uno de nuestros movimientos y grabándonos sin nuestro consentimiento en cuasi permanencia? En mi humilde opinión, su señoría, este es un asunto que debe ser reinterpretado a la luz de nuestra época y del reconocimiento de la foto callejera como una expresión artística de mucho valor cultural, ya es tiempo” (seguirá).

4.9.10

Disparar e irse... pero muy lejos (1-El humo/r de la turista)

El fin de semana pasado me ocurrió algo que nunca me había ocurrido hasta el momento. Estaba haciendo fotografías callejeras en un mercado de artesanías cuando observé una muchacha muy joven fumando un grueso habano. La escena me llamó la atención por lo particular que resultaba y decidí fotografiarla. Luego de esperar un rato a que ella estuviera en un ángulo propicio, levanté mi cámara y disparé. Todo ocurrió muy rápido porque tenía la cámara parametrada para hacer la toma de ese modo. Yo no vi que la muchacha se diera cuenta, pero aún así decidí hacer lo que recomendaba Cartier-Bresson: “disparar e irse cuanto antes”. Pero tampoco fui muy lejos, me alejé quizás unos 50 metros en dirección de una plaza. Ahí me detuve a observar otra escena que me llamó mucho la atención y cuando ya me disponía a fotografiarla, para mi gran sorpresa la muchacha del habano llegó por mis espaldas y me interrumpió preguntándome si podía ver la foto que acaba de hacerle. Le dije que lamentablemente no porque la cámara era analógica y entonces ella, sensiblemente disgustada, comenzó a decirme que me podía demandar por haberle hecho una foto sin su permiso. Yo le dije que no creía que eso fuera posible, puesto que estaba en un lugar público, pero aún así siguió con una letanía de reclamos diciéndome que había hecho muy mal, que debí haberle pedido permiso, que si se lo hubiera pedido habría aceptado con gusto. Comencé a sentirme como un paparazzi arrepentido mientras le explicaba que las fotos posadas a menudo no eran las mejores. Ella me dijo que sabía eso porque también sabía de fotografía, pero que de todas formas debí haberle pedido permiso e insistió en que tenía que destruir esa foto so pena de demanda. Ella tenía un acento extraño (como de gringa sin serlo completamente) y cuando picado por la curiosidad le pregunté de dónde era, ella me respondió que mexicana (raro… "será mexicana chicana” pensé sin ninguna intención peyorativa). Le dije entonces que en cada país la legislación era diferente y que en Costa Rica yo no creía que fuera posible establecer una demanda por esa causa. Como siguió insistiendo con lo del permiso, le pregunté entonces si ella esperaba que yo sacara el rollo de la cámara destruyendo igualmente las diez fotos anteriores que había hecho. Sin el menor asomo de compasión por mi trabajo me dijo que sí. Para quitarme de encima a la ofendida y seguir con mi trabajo (porque ya estaba perdiendo la estupenda escena que había visto), terminé disculpándome y diciéndole que en cuanto revelara la película destruiría su foto, pero que no esperara que yo fuera a asesinar mis otras fotos. Entonces ella dio media vuelta y se fue, pero ya era demasiado tarde: la escena que quería fotografiar ya no estaba ahí… la había perdido por la distracción que me causó la turista. Fue "una por otra" como suele suceder en esos casos. Sin embargo, el incidente me dejó pensando en el llamado “derecho de imagen”, pero dejo para el siguiente post mis reflexiones al respecto.

22.7.10

Paranoias

Tal vez fue porque ayer decidí salir con esa chaqueta color kaki llena de bolsas que nunca uso y que recuerda tanto a la de los soldados, tal vez porque estoy pelado al rape como un militar, o quizás porque tenía en mis manos una cámara vieja, que aunque minúscula y discreta, alguien con buen ojo observó y creyó digna de una burocracia equipada de artilugios con los que se fotografió la guerra del 48. O quizás fue por todas esas cosas juntas y otras que ni sospecho, el caso es que ayer, durante la pequeña manifestación frente al edificio de Correos en contra del permiso legislativo que dio luz verde a la entrada de los buques militares de Estados Unidos a nuestras aguas y de sus marines a nuestras tierras, me sucedió algo memorable como fotógrafo.

Mientras yo me paseaba furtivamente con mi cámara por aquí y por allá buscando algún rostro o situación interesantes que fotografiar al mejor estilo de la foto callejera, me di cuenta que uno de los organizadores de la actividad me miraba con insistencia de pies a cabeza. Yo sé que esa persona es un activista comprometido porque lo he visto en otras manifestaciones a las que he asistido. Luego de unos momentos durante los cuales no supe si él me miraba así porque era un viejo amigo al que yo ya había olvidado y le debiera un saludo, o porque le gustara o disgustara mi vestimenta o quizás porque fuera un gay con inclinaciones hacia los maduritos, noté que el activista se alejó en dirección de la tarima donde algunos trovadores se presentaban y alternaban con oradores inflamados que hacían peligrar la integridad física de los altavoces. Mientras uno de ellos arengaba al público y lanzaba consignas a favor de Juanito Mora y en contra la intervención yanqui, de pronto cambió su tono por uno más burlón y dijo que le habían informado que la policía nacional había filtrado un fotógrafo que se paseaba en civil tomando fotos de los participantes. Pero añadió con sorna que en todo caso él prefería que fuera un policía nacional y no un soldado gringo.

Por supuesto que yo no pude más que darme por aludido, no porque estuviera a sueldo de la policía sino justo por lo que había observado unos momentos antes. Sonreí en mi cabeza y me dije que realmente se respiraba ahí algún tipo de paranoia… A no ser que el paranoico fuera yo y efectivamente sí hubiera en el acto algún fotógrafo polizón. Sea como sea, después de eso yo ya estaba coloreado y no me sentí capaz de volver a disparar mi cámara… No fuera a ser que al día siguiente el periódico La Extra tuviera ocasión de colocar en primera plana un titular de estilo: “Falso fotógrafo linchado en pleno centro de San José por turba pacifista”.